Jaime Serra Vall, un vecino de 62 años de la localidad de Fraga (Huesca), y su mujer pasaron muchos fines de semana sin poder conciliar el sueño. La causa: el local con música en directo que había abierto bajo su domicilio. Durante más de cinco años —entre 2003 y 2008— el ruido se convirtió en un mal compañero de desvelos y las denuncias en una rutina. Nueve años después, el Tribunal Supremo les ha dado la razón y ha avalado la sentencia de 2011 de la Audiencia Provincial de Huesca que condenaba a uno de los tres dueños de la sala, José Luis Fariñas, a cuatro años de cárcel por un delito ambiental y de lesiones. El tribunal ordenaba también la clausura del pub Central Brunito, que ya había cerrado en 2008 por otras causas.
“Tendrían que haber condenado a los tres”, lamenta Serra por teléfono desde su ya tranquilo domicilio al conocer “por los medios” la sentencia del Supremo. Los otros dos socios del bar, uno de ellos exalcalde de Fraga, José Luis Moret, no fueron imputados.
Según relata la sentencia, el único dueño acusado no tomó ningunas de las medidas de insonorización y reducción del impacto sonoro que le habían requerido desde el Ayuntamiento. Debido a la "contaminación acústica" los afectados sufren "trastornos psicológicos" caracterizados por "fatiga crónica, insomnio por estrés y ansiedad", dice el texto condenatorio de la Audiencia Provincial, que obligaba al acusado a indemnizar a Serra y su esposa con 7.220 a cada uno. “Mi mujer y yo todavía seguimos tomando medicamentos para dormir; y nos han dicho que nuestros problemas de ansiedad son para toda la vida”, confirma Serra.
"El derecho al descanso tiene que primar sobre otros, como el de desarrollo de actividades comerciales", afirma Antonio García, abogado especializado en la materia. Pero la lógica de la buena vecindad y las normativas no siempre funcionan y se está produciendo "una judicialización creciente", dice el experto. En su opinión, debería existir una mayor sensibilidad social sobre este problema, así como intervención más eficaz de las administraciones públicas para la solución de esta clase de conflictos antes de que lleguen a los tribunales.
“En el pueblo nos decían que no era para tanto y yo les invitaba a venir a dormir, si podían. Pero nadie vino”, relata Serra, que se topó con la incomprensión de sus vecinos y la pasividad de la administración. Ninguno de los requerimientos del Ayuntamiento para reducir el impacto del ruido del bar fue atendido y, sin embargo, este continuaba su actividad. “Y no solo los fines de semana, los puentes y festivos también”, se queja el afectado. La policía constataba una y otra vez que en el interior de la vivienda se sobrepasaba el umbral de 30 decibelios, límite legal que, según una ordenanza municipal de Fraga, no se puede superar pasadas las 22.00. Ante la ineficacia de las medidas administrativas y después de muchas noches de insomnio, el caso se ha resuelto en los juzgados. "Si dentro de mi casa hay más de 30 decibelios, el bar hay que cerrarlo", razona Serra. El Central Brunito cesó su actividad en 2008. No fue por la denuncia de Serra, que siguió su curso, pero este vecino ganó tranquilidad.
La sentencia de la Audiencia, avalada por el Supremo, es severa —“me han dicho que es un ejemplo en Huesca”, afirma Serra—, sin embargo, se muestra favorable a un posible indulto parcial del acusado por parte del Gobierno para rebajar a 18 los meses de cárcel. La condena está en línea con otras dictadas recientemente. La Audiencia de Sevilla impuso una pena de cuatro años de cárcel al dueño y a la encargada de un bar por los "ruidos intolerables" el pasado marzo. Un año antes, la Audiencia de Granada condenó a dos años y seis meses de prisión al propietario del club de jazz El Secadero, en Alhendín (Granada), por el mismo motivo.
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